Estos son los
acuerdos de la Segunda Sesión del Parlamento Comunal Nacional
| Viernes,
15/01/2016 07:53 AM |
MINISTRA
ISIS OCHOA EN LA SESIÓN DEL PARLAMENTO COMUNAL
Credito: Prensa Parlamento Comunal
Nacional
15 de enero de 2016.- El Parlamento Comunal
Nacional sesionó en el Centro de Formación Socialista Simón Rodríguez en San
Antonio de los Altos – Estado Bolivariano de Miranda el pasado 03 de Enero de
2016.
Acuerdos y Conclusiones de la
Propuesta Orgánica y de Principios para el Funcionamiento del Parlamento
Nacional Comunal (1er papel de trabajo).
Antecedente
·
El 6D resultó ser un "punto de
inflexión" para el proceso bolivariano y debemos entenderlo, asimilarlo y
prepararnos para continuar la marcha revolucionaria del pueblo venezolano,
hacia la refundación definitiva de la República. En tal sentido el Martes – 15
de Diciembre, el Presidente Nicolás Maduro Moros, durante la plenaria con los
Consejos Presidenciales de Gobierno Popular, anunció su respaldo a la
conformación e instalación de un nuevo "sistema de agregación
comunal", propuesto por los (as) comuneros (as) del país y que ha sido
denominado "Parlamento Comunal Nacional", el cual es un órgano
legislativo alternativo, asambleario, delegativo – funcional, rotativo y transparente
para el ejercicio pleno de la soberanía, como parte de la estrategia de defensa
de la patria en marco a la Rectificación, Rebelión y Renacimiento.
Introducción
La principal función del Parlamento
Comunal Nacional, en esta etapa de la transición debe expresarse en la creación
de un nuevo espacio público comunal, que permita la construcción de una nueva
sociedad democrática, participativa, protagónica y un nuevo estado comunal y
socialista que exprese genuinamente los intereses del pueblo venezolano.
El "Parlamento Comunal
Nacional" es una extraordinaria oportunidad para el legítimo ejercicio de
la democracia genuina, directa y protagónica, convirtiéndose en un espacio para
la ciencia y conciencia legislativa de todo el pueblo, mediante el
parlamentarismo comunal, el cual se va desarrollando y cualificación en la
práctica mediantes los acontecimientos políticos, que se presenten en lo
colectivo y popular.
En virtud de lo antes expuesto,
generamos como propuesta al ciudadano Presidente de la República el presente documento
denominado: Propuesta de documento orgánico del Parlamento Comunal Nacional.
Asumimos los principios morales y
espirituales del ideario Bolivariano, Chavista Zamorano y Robinsoneano, anti
Capitalista y Anti Imperialista, Socialista, Comprometidos con los intereses
con la clase trabajadora y del pueblo, Internacionalistas, Ético y con moral
Revolucionaria, defensor de los derechos de la madre tierra, de la igualdad y
equidad de género, de los derechos de las personas con discapacidad, adulto y
adulta mayor, de la democracia participativa y protagónica, vanguardia política
del proceso revolucionario, defensor, impulsor y promotor del poder popular,
defensor de la igualdad en el seno de la organización, basado en la dirección
colectiva, promotores de la nueva arquitectura de alianza internacional como lo
es el ALBA, UNASUR, PETROCARIBE, MERCOSUR, CELAC, para la unión de los pueblos
con el objetivo de la erradicación del estado burgués, en la lucha
anti-imperialista contra la cultura neoliberal para así consolidar el
socialismo como única alternativa para la liberación y emancipación de los
pueblos.
Al decir de nuestro maestro Simón
Rodríguez "Hacer leyes para los pueblos no es tan difícil como se cree.
Hacer un pueblo legislador es obra muy laboriosa y ésta es la que ha emprendido
la América".
Soporte legal del Parlamento Comunal
Nacional:
Es la máxima instancia Legislativa
Nacional de las Organizaciones de Base del Poder Popular, que se constituye
como sistema de agregación comunal, para aplicar el Parlamentarismo Comunal de
Calle, como mecanismo de consulta e iniciativa legislativa desde los
territorios comunales en el cumplimiento del ejercicio directo de la soberanía
y del Estado democrático y social de Derecho y de Justicia previstos en la
Constitución de la República Bolivariana de Venezuela.
Consideramos que el "Parlamento
Comunal Nacional", es un "sistema de agregación comunal", que
tiene como su principal función el "anclaje legal" Sustentado en la
Constitución de la República Bolivariana de Venezuela en los artículos a
mencionar:
·
Art. 2. Estado Democrático y Social
de Derecho y de Justicia.
·
Art. 5. La soberanía reside
intransferiblemente en el pueblo.
·
Art. 7. La Constitución es la norma
suprema y todos están sujetos a ella.
·
Art. 25. Son nulos los actos que
menoscaben la Constitución.
·
Art. 62. Derecho a participar en los
asuntos públicos.
·
Art. 70. Iniciativas legislativas del
pueblo.
·
Art. 131.Deber de acatar y cumplir la
Constitución.
·
Art. 184.Descentralizacion y
transferencia al pueblo organizado.
Así, como en la LEY ORGANICA DEL
PODER POPULAR, la cual en Artículo 15, Numeral 4, señala textualmente lo
siguiente: "Las instancias del Poder Popular para el ejercicio del auto
gobierno son: Los sistemas de agregación comunal, que por iniciativa popular surjan
entre los Consejos Comunales y entre las comunas….". Además se debe tener
en cuenta los siguientes artículos a mencionar
·
Art. 2. Definición de Poder Popular.
·
Art. 3. Poder Popular se fundamenta
en principio de soberanía y progresividad de los derechos constitucionales.
·
Art. 8. Numeral 8….Estado
Comunal….ejercicio directo del poder por el pueblo.
·
Art. 8. Numeral 9….Instancias del
Poder Popular.
·
Art. 12. Constitución de las
Organizaciones de Base del Poder Popular.
Al igual que los Artículos: 58, 59 y
60 de la Ley Orgánica de las Comunas, desarrolla de manera más exhaustiva el
tema de los sistemas de agregación, brindándole aún mayor soporte legal a
nuestros planteamientos.
Corresponde al Parlamento Comunal
Nacional, constituirse en una instancia novedosa, organizacional y funcional,
que promueva las Leyes del Poder Popular, en apoyo al poder ejecutivo nacional
representado en la figura de nuestro Presidente de la República Nicolás Maduro
Moros.
Definición del Parlamento Comunal
Nacional:
El Parlamentarismo Comunal debe ser
la expresión viva del Comandante Supremo Hugo Rafael Chávez Frías, ejerciendo
su soberanía en la construcción del nuevo modelo de estado social, a través de
la consulta mediante asambleas de ciudadanos y ciudadanas en los territorios
comunales, que se desprenda del seno del poder popular que debe basarse en lo
plasmado, en la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela y el
compendio de leyes del poder popular.
Las decisiones tienen como premisas
haberse construido en un ejercicio de democracia directa y protagónica y deben
ser expresadas mediante la aprobación de normativas para la regulación de la
vida social y comunitaria, coadyuvar con el orden público, la convivencia, la
primacía del interés colectivo sobre el interés particular y la defensa de los
derechos humanos, así como en actos de gobierno en los ámbitos de:
Planificación de políticas públicas, Contraloría social, Economía Comunal,
Ordenación y gestión en el territorio como nueva geometría del poder, Justicia comunal,
Transferencia a las comunidades organizadas de la gestión y administración de
servicios, bienes y otras competencias, Preservación del medio ambiente y otras
materias que no coliden con la Constitución Nacional y otras leyes de la
República Bolivariana de Venezuela.
El Parlamento Comunal Nacional es una
herramienta que determinará metodologías para el ejercicio del poder popular,
legitimándolo a través de las fuerzas constituyentes y con ella el impulso
tangible del proyecto revolucionario.
Se propone que el Parlamento Comunal
Nacional se conforme de la siguiente manera:
·
Consolidación del Parlamento Comunal
Nacional
·
Creación y fortalecimiento de los
Parlamentos Comunales en el territorio nacional
Los Bloques Estadales de Comunas
existentes eligen de su seno a los y las integrantes del Parlamento Comunal
Nacional, en razón de siete (7) parlamentarias o parlamentarios por cada
entidad federal, para un total de ciento sesenta y ocho (168) con sus
respectivos suplentes
El Parlamento Comunal Nacional debe promover
la creación y difusión de las gacetas en el territorio de las acciones y
decisiones de las instancias del Poder Popular, como herramientas para el
conocimiento público de las mismas y sustento de las acciones políticas a
desarrollar.
Principios Orgánicos
Blindar lo que estamos construyendo
con los parlamentarismos de calle, Legitimar los territorios con las
respectivas gacetas comunales. Plan nacional de legislación comunal, impulsando
definitivamente la construcción del estado comunal desde el seno de nuestro
pueblo, desarrollando la concepción del pueblo legislador como instancia de
articulación entre el poder popular y los diputados revolucionarios, pueblo
legislador movilizado "parlamentarismo de calle" como ejercicio
organizado del derecho a la iniciativa legislativa popular, promover la
federación y confederación de Comunas a través del sistema de agregación, donde
las propuestas y decisiones deben ser legitimadas en la asamblea de ciudadanos
y ciudadanas por medio de las cartas comunales sancionadas previo debate y
aprobación en los parlamentos comunales
Atribuciones:
1. Proponer proyectos de leyes por iniciativa popular
en articulación con los Sistemas de Agregación Comunal, Parlamentos Comunales
en el territorio nacional y demás organizaciones e instancias del poder popular
Conjunto con los Consejos Presidenciales.
2. Revisar, ordenar y entregar los proyectos de leyes
presentadas ante la Asamblea Nacional por los Sistemas de Agregación Comunal,
Parlamentos Comunales en el territorio nacional y demás organizaciones
populares de base.
3. Hacer seguimiento a los proyectos de Ley propuesto
a la Asamblea Nacional, para garantizar su aprobación en los lapsos
correspondientes.
4. Legislar en todos los sectores de la vida cotidiana
venezolana, para garantizar la suprema felicidad social, económica, ambiental y
política de la ciudadanía.
5. Ejecutar el plan integral de desarrollo social y
económico de la nación (Plan de la Patria).
6. Avalar el presupuesto de la nación en concordancia
con lo previsto en el Plan de la Patria.
7. Coordinar con los Consejos Presidencial de Gobierno
Popular, para coadyuvar a la concreción de los planes, Programas y proyectos a
desarrollar.
8. Aprobar los recursos necesarios solicitados por los
Consejos Comunales y Comunas a través de los Consejos Presidenciales de
Gobierno Popular.
9. Gestionar y canalizar los créditos adicionales que
se requieran ante las instancias pertinentes, para el cumplimiento de las
políticas públicas. Aplicar la contraloría social en todos los niveles
implementando mecanismos propios (investigación, interpelación).
10. Atender y acompañar al pueblo en la defensa de los
derechos Constitucionales.
11. Velar por el cumplimiento de la Constitución de la
República Bolivariana de Venezuela, Leyes del Poder popular y demás leyes la
Nación.
12. Articular con las Fuerzas Armadas Nacional
Bolivariana para preservar la paz y la defensa integral de la República.
13. Proponer alianzas internacionales para la
cooperación e intercambio, potenciando el humanismo, el internacionalismo y la
unión de los pueblos, bajo los principios de solidaridad, bien común,
complementariedad y respeto a la soberanía nacional.
14. Coordinar con el Ejecutivo Nacional, Regional y
Municipal para viabilizar e impulsar asuntos estratégicos de emergencia y
seguridad de la nación.
15. Fomentar la creación y ejecución de resoluciones
relacionadas al funcionamiento y organización administrativa.
16. Fomentar la rendición de cuentas de las diferentes
instancias del Poder popular.
17. Crear zona y distrito motores de desarrollo en el
marco del plan de desarrollo social y económico de la nación, a fin de
fortalecer la productividad nacional y el desarrollo de la Patria.
18. Crear un espacio que sirva de tribuna o trinchera
permanente para enfrentar la arremetida imperialista y la contra Revolución
apátrida que desde la Asamblea Nacional pretendan desmontar las Leyes
Revolucionarias y las conquistas políticas y sociales que la revolución le ha
otorgado al pueblo.
19. Servir de instrumento al pueblo organizado en
comuna de vigilancia y contraloría revolucionaria en la lucha contra el
burocratismo, la corrupción, la incapacidad e ineficacia.
Acciones y Propuestas
1. Crear vocerías principales con sus respectivos
suplentes para las comisiones de trabajo.
2. Ejercer acciones legislativas sobre los territorios
integrados a este Parlamento Comunal Nacional a través de sus parlamentos
comunales, estás acciones legislativas se publicarán a través de las gacetas
comunales.
3. Mantener comunicación permanente con la ciudadanía,
a la cual informará veraz y oportunamente de su actuación y le rendirá cuenta,
a través, de su informe de gestión ante su instancia inmediata.
4. Promover cualquier propuesta que nazca por
iniciativa del poder popular.
5. Creación de la comisión de comunicación, disponer
la publicación en la Gaceta Comunal de los actos y decisiones de esta instancia
del Poder Popular.
6. La Gaceta Comunal se publicará, al menos una vez al
mes, se hará del conocimiento público y se distribuirá en cada sistema de
agregación comunal.
7. Una vez instalado y en pleno uso de sus facultades
legales, el Parlamento Comunal Nacional procederá mediante acto legislativo
interno, a reglamentar la definición, constitución, conformación, de la
estructura y finalidades de los Parlamentos Comunales en el territorio
nacional, así como de las comisiones necesarias para la promoción.
8. Atender y acompañar al pueblo en la defensa de los
derechos Constitucionales.
9. El Parlamento Comunal Nacional se declara en sesión
permanente desde los territorios comunales
10. Debatir las decisiones que tomen los diputados de
la Asamblea Nacional que atenten contra el bienestar de la nación, las leyes y
propuestas del poder popular
11. Promover la participación del ejercicio cívico
militar para dar cumplimientos a los principios de independencia paz,
democracia, igualdad, lealtad, justicia, solidaridad y afirmación de los
derechos humanos para resguardar y garantizar el hilo constitucional del
derecho de la democracia participativa y protagónica.
12. Promover la discusión de los reglamentos de las
leyes del Poder Popular a través de la estructura propuesta.
13. El parlamento comunal nacional se compromete para
el 04 de Febrero Día de la Dignidad del Pueblo de Bolívar y Chávez presentar la
propuesta del reglamento interno de este parlamento comunal nacional.
14. Asumir el desarrollo y profundización de las propuestas
de este primer documento orgánico como metodología práctica del ejercicio del
parlamento comunal.
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