jueves, 30 de mayo de 2013

EL DUEÑO DE LA MERCANCÍA, CREA TAMBIÉN EL ORDEN SOCIAL. DE ELLO DEPENDE EL CAPITALISMO Y EL SOCIALISMO.

Un Grano de Maíz

El apropiador de la producción también es propietario del alma

En el paisaje político se muestra una idea que merece ser discutida: que necesitamos producción, así a secas, sin importar más nada. Este concepto autoriza a cualquier alianza, a cualquier medida, y este supuesto aumento de la producción se muestra como un paso hacia el Socialismo. De esta manera se consigue dar la pirueta teórica de mostrar a los capitalistas, a mendoza, a cisneros, como paladines del socialismo. Es importante estudiar este aspecto de la economía, de la construcción del Socialismo. Veamos.
En una sociedad la clase dueña de la producción, la que se apropie del trabajo ajeno, será dueña de la espiritualidad, de la cultura que consagra ese robo. Podríamos decir que los medios de producción en el capitalismo son también medios de explotación, de generación de conciencia capitalista, de robo, de control de la sociedad, están al servicio de la oligarburguesía.
No hay que ir muy lejos, aquí, ahora, los capitalistas dueños de la producción de harina e intermediarios en la importación de bienes, obligaron a la Revolución a  conversar, es decir, usaron sus medios de manipulación, su cultura, el egoísmo sembrado en la sociedad, y así influyeron decisivamente en el rumbo político.
Antes, en situación similar los habíamos enfrentado, de ese combate nació PDVAL y MERCAL. Quizá después no supimos producir, o expropiar lo que se debía, quizá sutilmente nos sabotearon la producción y no supimos explicar a la masa las nuevas condiciones del consumo. Todo eso es posible, pero seguro olvidamos que en la economía entran muchos factores, el principal de ellos es la conciencia, la cultura. Seguro donde estamos fallando es en la creación de conciencia revolucionaria, estamos educando un pueblo malcriado, incapaz de los menores sacrificios, de superar la mínima dificultad.
Un pueblo, y unos dirigentes conscientes de su papel histórico, con razones sagradas por las cuales luchar y vivir, es un pueblo invencible. No pueden venir los oligarcas a manipularlos con esconder la harina o el papel tualé, resuelve como lo hizo en abril y en el sabotaje petrolero. La historia está llena de esta situación, pensemos en la heroica Cuba, ejemplo para el mundo, en la gesta de la Independencia, en el Libertador cruzando Los Andes.
Los dirigentes revolucionarios deben convocar al pueblo de Chávez, de Bolívar. Que retumbe la Diana Carabobo, que se oiga en todos los rincones el himno de Zamora. Explíquese la situación, corrijamos lo que haya que corregir, avancemos. El pueblo debe responder, ese es el reto, hacer que el pueblo responda con el alma, es así, esa es la única manera de hacer Revolución. La otra, considerar sólo lo material, es el camino al fracaso. Pertinente recordar las palabras que el inmenso Fidel le dirige a Correa: Dure lo que dure la azarosa historia de nuestra especie, nadie podrá demostrar nunca que los burdos intereses materiales serán capaces de crear ciudadanos más honestos y virtuosos. Y añadimos nosotros, nadie podrá demostrar que esos intereses serán capaces de hacer Revolución.
¡Irreverencia y Lealtad!

jueves, 23 de mayo de 2013

DEBEMOS ARMAR LA OFENSIVA REVOLUCIONARIA.


¡A luchar! La Revolución Bolivariana ¿superará sus errores y debilidades?

1.- INTRODUCCIÓN:
La respuesta es sencilla. Sólo con claridad ideológica y lucha atinada podrán superarse los errores y debilidades de la revolución bolivariana. No hay que ofrecer, entonces, rendija alguna de posibilidad a las operaciones de confusión, manipulación, división y desmoralización que ha activado, sin lugar a dudas y con mayor intensidad, los factores de derecha contra la revolución bolivariana, luego de los resultados electorales del 14 de abril de 2013 (¿Crisis electoral en la revolución bolivariana?).
Múltiples eventos y situaciones concatenadas así lo vienen confirmando desde el discurso de Chávez el día 8 de diciembre de 2012. Por tanto, es momento de galvanizar y acerar el factor estratégico fundamental de una revolución: el factor moral e intelectual, la voluntad de lucha, la consistencia de los ideales, creencias, ideas y valores. Allí residen las razones sagradas, místicas y espirituales de la revolución bolivariana. De manera que, a una apreciación realista de las situaciones, le sigue una voluntad inquebrantable de lucha basada en una perspectiva revolucionaria. Terrible sería cometer dos errores en las actuales circunstancias:
a) Una apreciación incorrecta de la situación, dando paso a erráticas líneas de acción política;
b) Quebrar el factor moral de la revolución (El “legado revolucionario” de Chávez), la voluntad, pasión y conciencia en la lucha por la transformación socialista, por el cambio estructural de la sociedad capitalista, aún dominante en nuestra formación social.
El pueblo bolivariano debe demostrar, ahora sin la presencia física de Chávez, su capacidad de recuperación de las motivaciones existenciales de lucha que activaron el poder constituyente originario, la recuperación de la memoria de luchas de nuestros libertadores, así como el protagonismo del bloque social de los explotados y oprimidos, incluso ante situaciones adversas, ante errores, ante debilidades y amenazas.
Unidad, lucha, batalla y victoria, por una parte, planteó el mismo Chávez el 8 de diciembre de 2012. Por otra parte, la historia de las revoluciones ha planteado la necesidad de fortalecer laformación intelectual, moral y política, las estructuras organizativas, la disposición de lucha social y política, los dispositivos múltiples de comunicación popular y la movilización para conquistar objetivos inmediatos, intermedios y principales para el avance victorioso de la revolución.
De manera que no debe abrirse espacio alguno de posibilidad para el pesimismo de la voluntad, para pasiones tristes, para duelos paralizantesactitudes o divisiones funcionales a los planes de acción de la derecha. De allí la importancia de la consigna: ¡Chávez vive, la lucha sigue!
2.- ante los errores: corregirLOS y superarlos.
Ciertamente hay errores estratégicos y tácticos en la conducción del proceso revolucionario, debilidades en la gestión de gobierno, desafíos, malos sabores, corruptelas que deben superarse; pero todo esto no puede ser pretexto para la inacción, para el fraccionalismo, para vacilaciones o para diseminar un espíritu de derrota, un espíritu de “hechos cumplidos”.
El asunto es muy sencillo: ¿Se está o no se está con la Revolución Bolivariana? ¿Se asume el carácter radical-democrático, nacional-popular, anti-imperialista y anticapitalista de la Revolución Bolivariana? ¿Se asume con criterio diferenciador cómo entienden los actores dirigentes y las fuerzas de apoyo por “revolución bolivariana”? ¿Se trataba acaso de una simple identificación emocional con la figura  histórica de Chávez? ¿Acaso hay motivaciones más profundas, de carácter simbólico e imaginario, con presencia de valores, ideas, creencias y sentimientos afines a la construcción de un proyecto socialista, de una política y una estrategia socialista?
Las respuestas abren un extraordinario campo de debates. En las actuales circunstancias luego del 14 de abril, se perciben dificultades en la conducción revolucionaria, ante circunstancias y condiciones de oportunidad para la acción ofensiva de la derecha. Pero la base social y política de apoyo a la revolución bolivariana no tiene razones para vacilar o dudar sobre su apoyo al Proyecto Nacional Simón Bolívar. No hay que marearse en matices secundarios o irse por las ramas. La inteligencia política nutrida por el legado del pensamiento crítico y revolucionario exige clarificar los campos de batalla, las fuerzas sociales y políticas implicadas, el complejo de contradicciones existentes, antagónicas y no antagónicas en el momento político. Es tiempo de saber diferenciar el campo del “Nosotros” y campo de “Ellos”, tanto actual como potencial:
¿Quiénes son los amigos y quiénes los adversarios, si lo que está en juego es una opción clara de poder?
Reducir a los factores sociales y políticos de la derecha a su menor espacio potencial de expansión hegemónica, es tarea permanente de la revolución bolivariana. Ciertamente, se han cometido erroresla derecha ha crecido electoralmente, hay indicadores objetivos que evidencian un cuadro económico negativo; pero lo más grave no es eso, sino que la derecha ha retomado la iniciativa política, su disposición ofensiva, pues la derecha viene cabalgando sobre un movimiento de reflujo en el apoyo popular a la revolución. Este proceso afecta la fortaleza de las fuerzas motrices de la revolución.
3.- PLANIFICAR Y EJECUTAR LA CONTRA-OFENSIVA:
Es preciso, entonces, planificar y ejecutar la contraofensiva a profundidad. Reconocer errores de conducción que han creado una brecha entre las fueras dirigentes y las fuerzas motrices en el proceso revolucionario, que han creado flancos débiles aprovechados por la estrategia de la derecha. Se requiere una poderosa campaña contra-ofensiva. }
Mientras ampliar el espacio potencial de expansión hegemónica de los factores sociales y políticos de la derecha, es tarea de los adversarios y enemigos de la revolución, los factores sociales y políticos de apoyo a la revolución bolivariana deben cuidar minuciosamente que sus actitudes y acciones no contribuyan objetiva o subjetivamente a otorgarle condiciones favorables al avance de la derecha. Repito, hay que ser muy cuidadosos en ofrecerle razones y oportunidades de avance al plan de acción de la derecha en las actuales circunstancias.
Hay que manejar con extrema habilidad el recurso a la crítica interna para la lucha revolucionaria contra los adversarios. La crítica interna de la revolución es cada vez más necesaria y urgente, el pensamiento insurgente es cada vez más importante, siempre con claridad de criterios de direccionalidad, contenidos, propuestas de solución y alcances de la misma. No se realiza la crítica para fortalecer o para brindarle oportunidad al adversario. Es para rectificar, corregir y reimpulsar, para visibilizar cursos de acción alternativos. Para avanzar en la revolución, no para retroceder o para estancarse. La crítica no es un juego de egos o narcisismos para posicionarse en una esfera pública controlada por los dispositivos mass-mediáticos de la derecha. La crítica es para transformar el cuadro de relaciones dominantes de coerción política, explotación económica, hegemonía ideológica, negación cultural o destructividad ambiental. Allí la crítica adquiere su densidad revolucionaria.
El manejo de contradicciones antagónicas y no antagónicas, es clave para definir el proceso de re-polarización, reunificación y repolitización mayoritario en un sentido favorable al re-impulso de la revolución bolivariana, a la recuperación y relanzamiento de su caudal electoral, a la conquista de su espacio de máximo potencial electoral, luego de comprender cuales fueron los factores desencadenantes del descenso electoral el 14 de abril de 2013.
Por tanto, hay que establecer un plan de recuperación del voto bolivariano en el seno del GPP, dedebilitamiento del voto blando opositor, de clarificación de la amenaza que representa el proyecto de la derecha para sectores populares y capas medias, que sin fuertes afiliaciones o identificaciones ideológicas, se han inclinado momentáneamente hacia la opción, el discurso y el proyecto de campaña de la candidatura de la derecha, desacoplándose del discurso de campaña, la gestión de gobierno y del proyecto de la revolución bolivariana. Y no se recupera este caudal perdido por la vía de su culpabilización, etiquetamiento o criminalización, por cierto, pero tampoco sin ofrecer vías de debilitamiento de las bases sociales de apoyo de la opción electoral de la derecha.  
Tampoco se trata de ser optimistas ingenuos o ciegos, pero menos de proyectar un derrotismo moral e intelectual que sólo contribuye al avance, a los movimientos moleculares y molares favorables a la derecha. Es posible recuperar la fuerza perdida y debilitar a la fuerza adversaria, siempre que se entienda que quien triunfó en la captura de un porcentaje del segmento de los moderados, descontentos y no alineados que votaban anteriormente por Chávez fue la oposición, y esto a partir (entre otras tácticas) de una exitosa campaña de ablandamiento de la “percepción de amenaza” que pudiera representar la candidatura de derecha para los sectores populares urbanos.
Mientras Chávez logró colgarle a la candidatura de la derecha el marco programático del “paquetazo neoliberal”, seis meses después fue la candidatura de derecha la que enmarcó a la candidatura bolivariana desde el concepto de “gobierno anti-popular” o de un “gobierno de los enchufados”. De allí la importancia de manejar adecuadamente los problemas internos en la revolución bolivariana. Pues ese enmarcamiento de campaña no podía romperse con una estrategia basada en el formato “Venevisión”, sino articulando el mensaje a una clara agenda de reivindicaciones, demandas y luchas de los sectores populares del país.
4.- NEUTRALIZAR A LA DERECHA ENDÓGENA-DEBILITAR A LA DERECHA OPOSITORA:
Para el manejo de los problemas internos, la dificultad de todo proceso revolucionario implica tratar de identificar con precisión y exactitud tanto los errores de “conducción de derecha”, como los errores propios de “concepción de derecha”, así como el “manejo interno de alianzas” con factores sociales y políticos que puedan llevar a un “crecimiento del poder de la derecha”. Insistimos en este punto, la revolución se mueve velozmente hacia la derrota en la medida en que se estanca y pretende “gobernar como la derecha”.
La derecha política opositora crece electoralmente como resultante de una combinación de errores de concepción, de conducción y de política de alianzas, cuya gravitación obedece a la intrusión de la derecha endógena en la conducción de la revolución bolivariana.
Alianzas que fortalecen al adversario no constituyen un camino correcto, así sean definidas como “alianzas tácticas”. Apoyos que debilitan internamente, tanto a las fuerzas motrices como a las fuerzas dirigentes, no son apoyos, sino operaciones de infiltración de baja intensidad contra la revolución por parte de la dirección enemiga. Seamos claros: la derecha endógena es sólo la fracción “bolivariana” del conjunto de los sectores dominantes del Capital en el país. Es una fracción capitalista y como tal se comporta en el plano económico, político e ideológico. Permea e induce políticas en el campo propio de la revolución bolivariana.
Si la derecha política ha crecido electoralmente ha sido los errores de conducción, concepción, manejo de la política de alianzas y definición del rumbo del gobierno. No han sido errores ultra-izquierdistas como el sectarismo doctrinario o un temerario voluntarismo, los que han llevado en mayor grado a un debilitamiento de la base social de apoyo de la revolución, sino que en gran medida son errores de derecha: el burocratismo, el oportunismo, la corrupciónclientelizar en vez de construir poder popular, afianzar alianzas con factores económicos de derecha, que finalmente definen aspectos medulares del curso de las políticas del gobierno bolivariano. Y el peor cadalso que prepara la derecha es quebrar la base ideológica de la unidad cívico-militar: la concepción bolivariana, zamorana y robinsoniana de una revolución para la justicia social, la inclusión y la democracia participativa y protagónica.
Un pragmatismo que vacía de debate sustantivo el terreno de la lucha contra el capitalismo, así sea en nombre de la real-politik es un grave error de derecha. Si sumar a un 2 % de capitalistas nos va a restar un 20 % de pueblo trabajador, entonces no hay ninguna real-politik. Eso es pragmatismo para negociar prebendas, contrataciones o privilegios de un nuevo grupo de poder, que conformara sin duda las bases objetivas y subjetivas de una nomenclatura, nuevo grupo que intenta cooptar a quienes puedan estructurar el control efectivo del mando civil y militar.
El asunto es que el carácter de clase de la revolución favorece aún a los sectores del Capital (aunque sea una fracción específica de los sectores dominantes del Capital) y no fundamentalmente alpueblo trabajador, tanto de la ciudad como del campo, además de reproducir lógicas político-culturales de discriminación-negación hacia las demandas de los pueblos originarios o hacia demandas de una revolución eco-socialista, para poner un sólo ejemplo directamente vinculado al Plan Independencia y Patria Socialista.
En el altar del desarrollismo se sacrifican las demandas revolucionarias de superación de la destructividad ambiental o el respeto-reconocimiento de otras opciones civilizatorias de buen vivir, término que ha desaparecido del léxico de fracciones del grupo político dirigente de la revolución. De manera que los términos, palabras claves y el régimen de signos que se hace patente en los discursos de miembros del gabinete, del partido o de voceros calificados es un sismógrafo que da cuenta de las dislocaciones ideológicas y discursivas en la revolución bolivariana, de su acercamiento a una versión desarrollista-redistributiva del capitalismo rentista, y no a la transición al socialismo bolivariano, democrático y revolucionario.
Por tanto, hay lucha ideológica, política y económica de clases en el seno de la dirección política del proceso, modificando el peso específico de la composición social e ideológica de las fuerzas motrices del proceso. El problema estriba entonces, en confundir permanentemente el carácter poli-clasista de las fuerzas de apoyo a la revolución con una “conducción revolucionaria” y con una “concepción del socialismo” funcional a los intereses del Capital.
Ese no es un pequeño problema. Chávez lo había advertido en numerosos discursos públicos y no tan públicos. Sabía que dormía con el enemigo. No hay que irse entonces por las ramas.
Primero, por las características históricas específicas y particulares de la revolución bolivariana, esta nace como una revolución democrático-nacional de carácter anti-neoliberal, pero no anti-capitalista.
Segundo, la máxima tensión interna estalló justamente en el transito interrumpido entre una revolución antiimperialista y una revolución socialista entre el año 2006-2010. Allí la derecha endógena lució descolocada inicialmente en términos de espacios de control de influencia y recursos estratégicos. Pero recuperó su ofensiva gradualmente.
Tercero,  Chávez supuso que podía generar una suerte de conversión ideológica de fuerzas internas cuyas prácticas, actitudes y lógicas son funcionales a una concepción y un mundo de vida propio de la estructura de mando del Capital. Allí se condensaron todas las contradicciones. De allí los desprendimientos voluntarios, los alejamientos casi invisibles y las rupturas públicas.
Que la revolución bolivariana haya devenido nominalmente en revolución anti-imperialista y socialista en el año 2006 se debe a una recomposición del cuadro de mando de fuerzas dirigentes tanto ideológicas como políticas del proceso revolucionario. De allí que la derrota del año 2007 haya sido en cierta medida inducida desde dentro, matando el proyecto de los motores constituyentes con cuchillo prestado: los errores del ultra-izquierdismo, entre ellos: la tan mentada “explosión del poder popular”.
Es posible reconstruir la trama de como la derecha endógena contribuyó decisivamente a la derrota del año 2007, e intentó montar un proyecto de “Chavismo sin Chávez”, que en las actuales circunstancias significa un chavismo sin legado revolucionario de Chávez.
La izquierda bolivariana se enfrenta a una verdadera tenaza, a una estrategia de yunque y martillo, tanto por la derecha política, económica y mediática opositora, como por la gravitación de la derecha endógena en la propia revolución bolivariana.
Lo que bloqueó transitoriamente esta tenaza hasta el año 2012, fue la fuerza dirigente principal de la conducción de Chávez, quien logro sobreponer su liderazgo al equilibrio de fuerzas, inclinando la balanza hacia la izquierda. Su conducción selló en vida su legado sin ambigüedades ni ambivalencias, definió el rumbo ideológico y político para el período 2013-2019. Ahora, es el pueblo bolivariano el que debe ser garante de este espíritu revolucionario si no quiere ser cercado y aniquilado por la estrategia de las fracciones del Capital. ¿Qué ocurrirá con el legado revolucionario de Chávez? A ciencia cierta, no lo sabemos.
Su ausencia plantea de nuevo, excavar a fondo sobre el cuadro ideológico y político de la conducción de la revolución, pues el avance en el terreno económico no pasó más allá de la recuperación delCapitalismo Rentístico de Estado (CRE), de su espacio de poder frente a las fuerzas sociales y políticas que desde la derecha opositora siguen siendo favorables a la “Agenda Neoliberal”.
La campaña presidencial del año 2012 reconoció esta contradicción antagónica entre dos Proyectos Históricos. La campaña presidencial del 2013 desdibujó este antagonismo entre proyectos, y se articuló a una personalización de la preferencia del voto entre dos candidaturas, incluso haciéndose patente una lucha en un terreno poco favorable para la revolución. Incluso “Chávez” paso a ser un comodín de cualquier discurso de campaña, de cualquier oferta electoral y para uso de ambas candidaturas.
La campaña se volvió “chavista”, y cada quien utilizaba a Chávez para descalificar al otro. Es importante retener este hecho, pues al convertirse en comodín, Chávez fue vaciado de sustancia ideológica.
De manera que, en un hipotético gobierno opositor, Chávez será reivindicado aunque vaciado de sustancia ideológica, la “culpa de todos los males” será atribuida y proyectada sobre sus irresponsables sucesores, que lo olvidaron, degradaron y traicionaron, que fueron completamente “incompetentes” y nunca fueron “líderes” como Chávez. (Anótenlo porque ya se articulan estas frases en el campo opositor).
De manera que el llamado “no retorno” planteado por Chávez, significa aún superar claramente el Capitalismo, pero ahora interpretado de manera disímil por diversas fuerzas de apoyo a la revolución.
Allí se abre el espacio para voces ancladas en el más puro sectarismo doctrinario hasta las más ramplonas voces de oportunismo, pragmatismo y acumulación delictiva de capital. Ese es el verdadero drama de la situación post-Chávez.
5.- LAS OPCIONES QUE SE ABREN:
Finalmente, dadas las tendencias histórico-electorales, por la vía pacífica, democrático-burguesa y constitucional no hay posibilidad alguna, de manera inmediata, de avanzar en la construcción del socialismo revolucionario de corte clásicoLa revolución en su sentido clásico ha sido bloqueada e interrumpida.
Podemos especular si sería posible transitar hacia esos modos históricos de socialismo, si se abordase sin tapujos ni complejos el uso combinado de todas las formas de lucha. Pero sería un suicidio político acometer esta vía en el contexto de un momento de reflujo electoral de masas. Una radicalización revolucionaria de corte clásico carece, en las actuales circunstancias, de viabilidad política, a menos que se active esta posibilidad ante un hecho sobrevenido: que la derecha suponga que es posible una estrategia de “asalto al poder” e intente hacerlo quebrando el hilo constitucional.
Sin embargo, hay estrategias mixtas de alteración del hilo constitucional para la derecha con apariencia legal y reconocimiento internacional. Así ocurrió en Honduras y Paraguay. ¿Por qué no Venezuela? Sólo se requiere conquistar la mayoría parlamentaria (2015), realizar un ensayo de ampliación del espacio hegemónico en las elecciones locales previas (2013-2014), sacudir el tablero de las correlaciones de fuerzas en los poderes constituidos, y quizás completar la tarea con la convocatoria a un referendo revocatorio (2016). Pero eso está por verse.
La vía opositora más larga es dejar que el desgaste, los errores de conducción y las divisiones internas desplomen al gobierno bolivariano antes del 2019, presionando quizás para unas elecciones anticipadas. Pero, como dijera Garrincha: “los rusos también juegan”. Todo depende de un juego de interacciones entre revolución bolivariana y factores de oposición con final abierto.
De manera que hay, además de las anteriores posibilidades (radicalización socialista de la revolución vs asalto al poder por parte de la derecha), tres escenarios para diferentes actores en el seno de la conducción de la revolución bolivariana:
a) acometer un proceso de recuperación del proceso revolucionario, sin aventuras ultraizquierdistas, pero lo fundamental: sin recaídas en el “pragmatismo de derecha”,
b) lograr un pacto o entente con factores de la derecha para asentar una vía reformista-desarrollista,bajo negociación y derrota velada del legado revolucionario de Chávez,
c) entregar el poder a la derecha a corto plazo, intentando hacerlo en las mejores condiciones de “conservación de las fuerzas propias”, dejándose arrastrar por el reflujo del apoyo popular a la revolución; en fin, buscar legitimidad como “opción de oposición” futura bajo cooptación, negociación de espacios de impunidad y derrota abierta, siendo posibles cómplices de la “represión hacia los factores populares revolucionarios” que se opondrán a esta vía de capitulación.
Las opciones b y c, conducen a una clara capitulación del alcance socialista de la revolución democrática, bolivariana y socialista.
Por tanto, hay que estar atentos y  evaluar el nuevo curso de la revolución bolivariana. Ciertamente, luego de la partida física de Chávez, se ha abierto un nuevo ciclo histórico-político ya sin su centralidad como decisor de la arena política.
Si la lucha en el campo bolivariano fuese orientada por el Proyecto Nacional Simón Bolívar, por el Golpe de Timón y por el legado revolucionario de Chávez, nos acercaríamos a la opción a larecuperación del proceso bolivariano en su vertiente democrática y revolucionaria. Eso ya dependería de actores, movimientos y fuerzas bolivarianas de izquierda; es decir, fuerzas que no confundan el socialismo bolivariano para el siglo XXI con la conquistas de las siguientes trincheras o casamatas: vallas publicitarias,  bonos de la deuda, cupos de importaciones, contratos de obras, especulaciones con fondos públicos o divisas convertibles.
En fin, si la izquierda elude con éxito el camino de su degeneración en una fracción corrupta de acumulación del capital, puede acometer los desafíos pendientes que Chávez no logró realizar. Para esa tarea, requiere recomponer el proceso de acumulación de fuerzas.
De manera que la izquierda bolivariana requiere lograr repotenciar el GPP y reconducir democráticamente el partido-maquinaria del PSUV, para tener chance de sobreponerse al reflujo de masas. Sin estructuras organizativas, la izquierda bolivariana tiene todo que perder.
Por otra parte, la izquierda bolivariana debe superar todos los errores internos de derecha (de concepción, conducción, política de alianzas y gestión de gobierno). El asunto de manera sintética es que el Socialismo para el siglo XXI no sólo no cae del cielo ni se decreta, es que no tiene nada que ver con reproducir la estructura de mando y el metabolismo social del Capital. - Pequeño detalle Mr. Watson -.
No es incorrecto, entonces, plantear que “se ha llegado al llegadero”, o lo que es lo mismo, que no hay que echar para atrás: ir a la restauración de la influencia de los sectores económicos dominantes en el Poder del Estado:
(…) caminante no hay camino, camino de hace al andar.
Al andar se hace el camino, y al volver la vista atrás, se ve la senda que nunca se ha de volver a pisar (…)

miércoles, 22 de mayo de 2013

ÉTICA SOCIALISTA Y OFENSIVAS DE LAS BASES SOCIALISTAS YA.


¡Ética política y ofensiva de las bases socialistas ya!

Ante los inclementes ataques del imperialismo, del capitalismo y la oligarquía, y en el marco de la necesidad de rectificar a partir de los evidentes errores extensamente diagnosticados, definitivamente la única salida es avanzar sin detenernos, sin amilanarnos en la construcción: 1. Del Poder Popular autónomo, 2. Del nacimiento del Estado Comunal, 3. Del desarrollo del Socialismo Bolivariano, 4. Del Chavismo como Legado histórico, político, ideológico y social, 5. De la defensa de la Ética política, la eficiencia y la eficacia revolucionaria. 6. De los espacios críticos y autocríticos para seguir avanzando. Paso a detallar:
1. El Poder Popular debe empezar a cumplir un rol aún más protagónico, ya no subsidiario o dependientes de las instituciones del Estado, ni de los gobiernos regionales o locales, sino, vinculas con estas instancias, esto implica plantearse verdaderos proyectos socioproductivos autogestionarios, acompañados de una mayor formación política y técnica. El problema ya no puede ser si el Ministerio correspondiente es o no eficiente, Chávez claramente lo dijo en El Golpe de Timón:
"Ahora, la autocrítica; en varias ocasiones he insistido en esto, yo leo y leo, y esto está bien bonito y bien hecho, no tengo duda, pero dónde está la comuna. ¿Acaso la comuna es sólo para el Ministerio de las Comunas? Yo voy a tener que eliminar el Ministerio de las Comunas, lo he pensado varias veces, ¿por qué? Porque mucha gente cree que a ese Ministerio es al que le toca las comunas."
2. El Estado Comunal debe ser el objetivo del Poder Popular, no el poder desde el Estado Liberal Burgués, éste es el que se debe transformar. Los cargos electivos deben ser destinados para la transformación pacífica, y quienes sean electos, o asumen la transformación o deben ser sustituidos por el pueblo. Es por ello que las tareas urgentes para la construcción del Estado Comunal están claramente fijadas en el Proyecto Patria y en el "Golpe de Timón", por lo que es urgente su difusión, debate y puesta en práctica desde las asambleas populares, esto no puede ni debe parar.
3. El Socialismo Bolivariano no se decreta, pero tampoco cae del cielo. El Poder Popular no puede esperar que el gobierno o el Estado decrete el socialismo. La socialización de los medios de producción, a diferencia de otros países no rentistas, debe hacerse a partir de la colocación de dichos medios como consecuencia de la siembra del petróleo, y la organización de los trabajadores debe ser labor de los partidos aliados y las organizaciones populares, superando la visión sindicalista parasitaria, para avanzar hacia los verdaderos Consejos de Trabajadores.
4. Del Chavismo como Legado histórico, político, ideológico y social, debe ser la bandera y la herramienta pemanente de debate y lucha. Sus discursos, sus escritos, sus videos, sus decretos, instrucciones, sus leyes deben ser de uso permanente para argumentar y comprender todo el proceso revolucionario, por ello las Cátedras Libres Comunales Hugo Chávez, deben ser espacios, sin injerencia partidista, estratégicos del Poder Popular para la construcción del Estado Comunal.
5. La defensa de la Ética política, la eficiencia y la eficacia revolucionaria parte de reconocer un problema estructural, lamentablemente la práctica política tanto de izquierda como de derecha tiene como criterio generalizado separar la ética de la política, asumiendo estúpidamente que "el fin justifica los medios", como si esto fuese un principio correcto de la política, produciendo monstruos incontrolables. Esto no sólo justifica, sino que estimula la corrupción, la ineficiencia y la ineficacia, y en el caso del chavismo, desvirtúa su esencia y el ejemplo que Chávez nos dió. Por ello, convertir este tema en el centro discursivo y de acción de nuestros actuales dirigentes, y el parámetro de evaluadión de las bases a sus líderes permitirá forzar un cambio real.
6. Los espacios críticos y la autocrítica para seguir avanzando son fundamentales e impostergables y no podemos esperar a que alguien los decrete, comformemos nosotros mismos Espacios Críticos para la Construcción Socialista. Quien le rehuye a la crítica o la condiciona, pervierte la esencia del socialismo bolivariano y del chavismo. Quintas columnas son aquellos que guardan silencio, encubren o nunca opinan públicamente sobre lo que se está haciendo mal, ya que no sólo es un cómplice, sino que conserva un interés personal oculto en el silencio, no caigamos en esa extorsión. La irreverencia en la discusión, para poder generar posturas colectivas debe ser el objetivo, pero no podrá haber posturas de este tipo si no se permite el debate crítico real.
Es hora de actuar, no esperemos que nos digan que hacer, el duelo debe pasar hacer fuerza, los ataques deben pasar a ser acciones, es el momento de la revolución de las bases revolucionarias.
¡Poder Popular, Edo Comunal, Socialismo Bolivariano, Chavismo, Ética revolucionaria, eficiencia y autocrítica deben ser nuestras consignas!

lunes, 13 de mayo de 2013

TODO EL PODER PARA EL PUEBLO.


MODIFIQUEMOS LAS LEYES DEL PODER POPULAR Y ENTREGUEMOS AL PUEBLO EL PODER DE DECISIÓN PARA CONCRETAR EL ART 70 DE LA CONSTITUCIÓN DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA.


                                                          
                                                        Autor: José Gregorio Rojas Silva   
                                                                                                                      TLF. 0416.1077537
Correo: rojasj930@gmail.com
rojasjgg@hotmail.com


D
Desde hace mucho tiempo estamos convencidos de la complejidad de los fenómenos sociales, y aun más, creemos, que la discusión y el libre debate de las ideas, aunado a la práctica, deben conducirnos a la creencia firme de que cualquier realidad, lleva en ella implícitamente  su contrario.
    
    Es por ello, que el sistema de la participación, visto como un todo, debe demostrar que los elementos que la integran ya sean políticos, legislativos o éticos, deben necesariamente ser coherentes en sí mismo, pero a la vez ser necesarios e irrefutables, para que la síntesis del mismo nos permitan seguir creciendo en la teoría del conocimiento de la democracia participativa, la cual debe ser tutelada únicamente por el pueblo, que es el único que puede garantizar la emancipación social y política,  a través del fortalecimiento del Poder Popular por ser el único depositario de la soberanía y el  poder por demás intransferible .
    
    Ahora bien, ¿porque es necesario realizar una revisión sobre la participación democrática que tenemos hasta ahora?; ¿porque resulta difícil comprender  que pueda existir democracia real, sin un ámbito adecuado para su gestión eficaz?;  el pueblo debe controlar y tomar todas las decisiones, que le permitan pasar de simple participante a gobernador de la gestión general de gobierno, solo así, habrá desarrollo y se elevara el nivel político del pueblo organizado.

Por otro lado, Carlos Marx, establece como clave de su filosofía, en el materialismo histórico, conceptos muy  claros  sobre la necesidad de que, todo análisis debe partir de la realidad y no de la idea, porque realidad es, en primer lugar, lo histórico, todo lo que pretende escapar a la historia e imponerse, como una verdad, es para la dialéctica materialista, !necesariamente falso¡, es por ello que toda categoría social (Estado, Municipio, Parroquia), es una abstracción de las relaciones sociales; por lo tanto no son  categorías eternas , solo existen en la  medida, en que dichas relaciones  subsisten, ya que nada dura eternamente, y que el movimiento, el desarrollo y la evaluación de las contradicciones es la ley que rige todos los cambios que existen.
     
    Es por ello que se hace imprescindible el análisis de las leyes del Poder Popular, partiendo de una premisa esgrimida por los movimientos sociales organizados, como elementos de la realidad práctica, cuando manifiestan un inconformidad con el contenido de fondo del Art. 20, de la Ley Orgánica de los Consejos Comunales, la cual define al Poder Popular, como una instancia de deliberación, decisión, un espacio o lugar para su realización, cuya decisión son de carácter vinculante, para con el consejo comunal en el marco de esta ley.

   Debemos señalar: “El Poder Popular no es una división, nivel o rama particular del Poder del Estado, sino un principio rector que debe definir al “Estado Democrático y Popular”. 

   Es por ello, que de  mantenerse el carácter confiscatorio de las leyes, el Poder Popular quedaría limitado a los niveles más locales del Gobierno, y privado de incidencia en la conducción de los asuntos fundamentales de la República, generando con esto una desviación inaceptable para la sociedad en construcción y lo que es mas, se convertiría en el muro de contención, del Estado Capitalista al Estado Popular, en vías hacia el Socialismo.

   En un trabajo presentado por el diario Tribuna Popular del 06/10/2007, sobre el Poder Popular y su relación con el Artículo 136 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela expresa: “La soberanía reside en el pueblo del cual emana todo el Poder Popular, este se ejerce y expresa en todos los espacios del Estado, directamente, en las Asambleas Parroquiales de los Consejos Comunales, de Trabajadores y Trabajadoras, de Campesinos y Campesinas, de Estudiantes y otros entes que señale la Ley, e indirectamente en la constitución de todos los órganos y poderes del Estado, sea por medio del sufragio o por otros medios.

   Es altamente conocido la expresión utilizada por el Presidente de la República Bolivariana de Venezuela, cuando dice: “…en la constitución y las leyes, los quintas columnas introdujeron gazapos, que desvirtuaron el sentido ideológica de los cambios fundamentales revolucionarios…”, por ejemplo; la contradicción política jurídica de las leyes del Poder Popular, que en la letra enarbola algunas prerrogativas jurídicas que hablan del desarrollo y consolidación del Poder Popular, a través del ejercicio directo de la soberanía, cuando, en verdad, lo que se pretende es confinarlo a niveles locales, que fragmenta el estado, generando la división social del mismo; la Constitución de la Republica Bolivariana de Venezuela es clara cuando nos declara en su Artículo 05: “La soberanía reside intransferiblemente en el pueblo, quien la ejerce directamente en la forma prevista en esta Constitución y en la ley”; si examinamos con detenimiento, la Constitución en su Artículo 70, observamos la contradicción de fondo que existe entre la Constitución y las leyes del  Poder Popular, que confiscan de forma y de fondo, el mandato Constitucional, el cual rompe, el carácter soberano del pueblo, porque es  el pueblo quien ejerce la soberanía en forma directa; desde luego, en la cruda realidad, esto no es así; ya que el poder de decisión se encuentra en manos del poder constituido, dándole un carácter piramidal al estado e impidiendo el desarrollo del Estado Popular, para muestra un botón, los Artículos de la Ley Orgánica del Poder Popular, como ley marco, al analizarlos a la luz de las otras leyes del Poder Popular, la misma lo que hace es preparar el terreno, para el tutelaje  de los movimientos sociales organizados, por parte del poder constituido; para mayor comprensión citaremos textualmente algunos Artículos, de la Ley Orgánica del Poder Popular.

Artículo 2.lopp.- “El Poder Popular es el ejercicio pleno de la soberanía por parte del Pueblo en lo político, económico, social, cultural, ambiental, internacional, y en todo ámbito del desenvolvimiento y desarrollo de la sociedad, a través de sus diversas y disímiles formas de organización, que edifican el estado comunal”.

Artículo 3.lopp.-  “El Poder Popular se fundamenta en el principio de soberanía y el sentido de progresividad de los derechos contemplados en la Constitución de la República, cuyo ejercicio y desarrollo está determinado por los niveles de conciencia política y organización del pueblo”.

   En estos Artículos esta expresada la idea acertada, de que el pueblo ejerce la soberanía plena, con la utilización por demás, del principio de  la progresividad, es decir, ir mejorando en el tiempo y el espacio el alcance de este principio, rector de todo el estado, ¡el cual no existe!, entonces podemos deducir, que la misma, de hecho, no es plena, ya que no irradia al estado en su totalidad, ¿dónde queda la definición?, ¿que la soberanía se ejerce y se expresa en todos los espacios del estado, directamente, desde las Asambleas Parroquiales de los Consejos Comunales?. 

¿Que pasa entonces con la soberanía?

   La soberanía queda confiscada por el poder constituido, o dicho al estilo del Artículo 03 antes citado, el ejerció del desarrollo y la soberanía está determinado por los niveles de conciencia política; se intuye, que no es la conciencia del pueblo la que decide, contradictoriamente es la burocracia, de no ser así, ¿como explicamos la fragmentación del estado, la cual garantiza que la toma de decisiones este localizada en los niveles superiores del estado?, al mejor estilo de las democracias burguesas parlamentarias, esta concepción del  estado rompe, aniquila  lógicamente al estado de justicia social, democrático, participativo y protagónico, del cual nos habla la Constitución en su Preámbulo, concretándose de esta forma la ilegalidad del ordenamiento jurídico por la confiscación perpetrada, contra el Poder Popularen las leyes del Poder Popular sancionadas en Diciembre del 2010.

Forma de Confiscación del Poder Popular por el Poder Constituido:

El Artículo 70 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela establece de manera categórica: “Son medios de participación y protagonismo del pueblo en ejercicio de su soberanía, en lo político: la elección de cargos públicos, el referendo, la consulta popular, la revocatoria de mandato, la iniciativa legislativa, constitucional y constituyente, el cabildo abierto y la Asamblea de  Ciudadanos y Ciudadanas cuyas decisiones serán de carácter vinculante”, el carácter vinculante, en la Constitución, determina, que las decisiones de la asambleas de ciudadanos son de obligatorio cumplimiento, la pregunta es, ¿por quién?; aclararemos esto, haciendo uso del materialismo dialectico, cuando establece que las categorías políticas, económicas o jurídicas, como es el caso que nos asiste, están determinadas por las relaciones sociales reales, en el caso de nuestra Constitución, las relaciones sociales reales, que determinan su existencia, como categoría jurídica, es la relación entre el par dialectico, denominado Poder constituyente Vs. Poder Constituido, entonces si las asambleas de ciudadanos está constituida por el poder constituyente, las decisiones que ella tome, serán de carácter vinculante con  relación al poder constituido (presidente, gobernaciones, alcaldes y ministros), desde luego, el rango constitucional antes citado, no encontró en las  leyes del Poder Popular, el “espacio” para el desarrollo del derecho constitucional, como lo expresa el Art.203.CRBV.

   Ahora bien, revisemos la Ley de los Consejos Comunales, La Ley de las  Comunas y la Ley del  Consejo Local de Planificación Pública, para determinar el carácter confiscatorio y conciliatorio con la estructura burguesa puntofijista, ideológicamente hablando en cuanto a la toma de decisiones, por parte del estado que no ha hecho cambios cualitativos de sus estructuras, garantizando esta relación de poder, la posible reproducción del capitalismo; es de resaltar que las leyes  del Poder Popular, entregan el poder de iniciativa al pueblo, por eso es que el pueblo se puede organizar de diferentes maneras, le entregan el poder de contraloría, es por ello, que de oficio podemos abrir cualquier averiguación, pero lo que no les entregaron fue el Poder de Decisión, que es lo que tiene que ver con la descentralización política, donde se concibe al pueblo, no como un seudoparticipante recolector de impuesto y de basura, sino, como un Gobernador de la Gestión Pública. El Poder Popular no es una parte del poder del Estado, es la fuente fundamental de donde emana, todo poder en una democracia revolucionaria y popular, la cual, tiene como principio fundamental  tomar las decisiones, afectando a todos los niveles de los poderes del Estado, es por ello que el  estado debe estar sujeto a este principio.

 Examinemos el Art 8 de la Ley Orgánica del Poder Popular, para mayor comprensión de esta tesis.

Definición de Estado Comunal:

  “Forma de organización político-social, fundada en  el Estado Democrático y Social de Derecho y de justicia establecido en la Constitución de la República, en la cual el poder es ejercido directamente por El pueblo, con un modelo económico de propiedad social y de desarrollo Endógeno sustentable, que permita alcanzar la suprema felicidad social de los Venezolanos y venezolanas en la sociedad socialista. La célula fundamental De conformación del estado comunal es la Comuna”.

  Claro está, estamos en presencia de una ley marco, muy general, que no define con claridad, las relaciones entre el Poder Popular y el Poder Constituido, que es el problema de fondo, las cuales encontraremos más adelante en el análisis de las leyes del Poder Popular, y ante el carácter tutelar y confiscatorio del poder constituido, el Artículo citado queda como un mero enunciado de buenas intenciones.  

Veamos ahora el Art.9 Ley Orgánica del Poder Popular.

Instancias del Poder Popular:

“Constituidas por los diferentes sistemas de Agregación comunal y sus articulaciones, para ampliar y fortalecer la acción Del autogobierno comunal: consejos comunales, comunas, ciudades Comunales, federaciones comunales, confederaciones comunales y las que, de Conformidad con la Constitución de la República, la ley que regule la materia y su reglamento, surjan de la iniciativa popular”.

 Este Artículo prepara el escenario y la palabra clave es agregación y articulación, cabe preguntarse, ¿que se agrega?,  ¿con quién me Articulo? y ¿bajo cual condición?. 

  Para mayor comprensión, debemos revisar, el decreto en atención a lo dispuesto en la disposición transitoria novena de Ley Orgánica de los Consejos Comunales, publicada en la gaceta oficial de la República Bolivariana de Venezuela Nª 39.335 de fecha 28 de Diciembre de 2009, que da origen a la gaceta 35.337 del 28 de Diciembre de 2010, donde expresa en su segundo considerando: “De conformidad con la disposición transitoria segunda de la Ley Orgánica de los Consejos Comunales, los constituidos bajo régimen legal anterior serán objeto de un proceso de adecuación de sus estatutos, estructura y funcionamiento orgánico, a los fines de su registro por ante el Ministerio del Poder Popular, con competencia en participación ciudadana”.

  Hasta aquí hemos definido quien se agrega, quien se articula, quien acompaña, claro está, no se trata de plantear un estado de anarquía, porque la unidad del estado debe estar caracterizado por posiciones ideológicas de fondo, donde la relación este determinada por el mandato de la mayoría, de esto no tenemos dudas; sería bueno examinar, ¿bajo cual condición?, las leyes del Poder Popular definen, la relación política, económica y social, porque si las relaciones son de dominación, la estructura de estado es de concepción burguesa. Carlos Marx en su libro Dieciocho Brumario de Napoleón Bonaparte decía: “… Cada Artículo de la Constitución contiene, en efecto, su propia antítesis, su propia cámara alta y su propia cámara baja. En la frase general, la Libertad; en el comentario adicional, la anulación de la libertad…”, la cámara alta de nuestra Constitución esta determinada por el Artículo 136 de la Constitución de la Republica Bolivariana de Venezuela, la cual deja claro como esta construido el estado y por ende como deben tomarse las decisiones, de arriba hacia abajo, en clara contradicción con elArtículo 70 de la Constitución de la Republica Bolivariana de Venezuela, que establece la relación entre el poder constituido y el poder constituyente, sus decisiones son de carácter vinculante, es decir, de obligatorio cumplimiento por parte del Poder Constituido, cuya decisiones se toman de abajo hacia arriba, aquí queda develada la contradicción jurídico político del estado, y su cámara baja.

  Examinemos por ejemplo el Artículo 63 de la Ley Orgánica de las Comunas, donde quedan establecidas las condiciones de las relaciones entre el Poder Constituyente y el Poder Constituido, en cuanto a la participación y el protagonismo:

Artículo 63. “Del órgano facilitador. El Ministerio del Poder Popular con competencia en materia de participación ciudadana, de conformidad con lo establecido en la presente Ley, dictará los lineamientos estratégicos y normas técnicas para el desarrollo y consolidación de las comunas, en una relación de acompañamiento en el cumplimiento de sus fines y propósitos, y facilitando su articulación y sus relaciones con los otros órganos y entes del Poder Público”.

  Hagamos un pequeño análisis que nos permita ver la veracidad de la relación política antes citada. La Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, establece en su Art. 62 el derecho a la participación, cuya condición para que tengamos certeza de ella expresa: “…la participación del pueblo en la formación, ejecución y control de la gestión pública es el medio necesario para lograr el protagonismo que garantice su completo desarrollo, tanto individual como colectivo…”,desde luego, el constituyentista está hablando de cómo debe ser la relación entre el poder constituyente y el poder constituido para que exista la participación y el protagonismo .

  Cualquier otra cosa, cercena el derecho a la participación y el protagonismo del pueblo organizado, cabe preguntar: ¿bajo que aspecto legal se atribuye la competencia en materia de participación ciudadana el Ministerio del Poder Popular?,  el Artículo antes citado, confisca el rango constitucional, sin embargo, si leemos con detenimiento en la segunda línea del  Artículo antes señalado, encontraremos que la competencia en materia de participación ciudadana, está establecida por el mismo Artículo 63, Concretándose desde mi punto de vista un despojo jurídico, que no permite entre otras cosas, la existencia plena del Poder Popular y menos del Estado Popular.

  Para que esto nos quede más claro, observemos como se van articulando las condiciones de manera formal,  esta vez, citaremos el Artículo 56.- de la Ley Orgánica de los Consejos Comunales. “El ministerio del Poder Popular con  competencia en materia de participación ciudadana dictará las políticas estratégicas, planes generales, programas y proyectos para la participación comunitaria en los asuntos públicos y acompañará a los consejos comunales  en el cumplimiento de sus fines y propósitos, y facilitará la articulación en las relaciones entre éstos y los órganos y entes del Poder Público”.

  Claramente vemos, como se concreta el despojo del derecho a la participación y el protagonismo del pueblo organizado, cuya articulación esta clara, yo tomo las decisiones y ustedes la ejecutan, es por ello que la competencia en materia de participación ciudadana, claramente esta confiscada por el poder constituido, dicho de otra forma, en una ley me abrogo el derecho de la participación y el protagonismo del pueblo políticamente hablando y en la otra teniendo ya la competencia, dicto las  políticas estratégicas, desde luego esto resulta inconcebible, cuando hemos repetidos hasta la saciedad, que la voz del pueblo es la voz de Dios.

  Si realizamos un análisis de algunas de las atribuciones del ministerio del Poder Popular, nos queda claro, la tutela del Poder Popular, ¡es por ello que el Poder Popular no existe!, lo que existe son movimientos sociales organizados, los cuales se convierten en caldos de cultivos de la abulia, la apatía, la dejadez, la espontaneidad y muchas veces de las desesperanzas y el oportunismo. El cual es aprovechado por la contra revolución con fines inconfesables.

Atribuciones: 

Artículo 57 Ley Orgánica de los Consejos Comunales, “El ministerio del Poder Popular  con competencia en materia de Participación Ciudadana, tendrá las siguientes atribuciones:

1.- Diseñar, realizar el seguimiento y evaluar las políticas, lineamientos, planes y Estrategias que deberán atender los órganos y entes del Poder Público en todo lo relacionado con el apoyo a los consejos comunales.

2. El registro de los consejos comunales y la emisión del certificado correspondiente. 

7. Promover los proyectos sociales que  fomenten e impulsen el desarrollo Endógeno de las comunidades articulados al plan comunitario de desarrollo.
9. Coordinar con la Contraloría General de la República, mecanismos para orientar a los consejos comunales sobre la correcta administración de los recursos.

 Recurso:

11. Financiar los proyectos comunitarios, sociales y productivos presentados por los consejos comunales en sus componentes financieros y no financieros, con recursos retornables y no retornables, en el marco de esta Ley. Simplificación de trámites.

  Es precisamente aquí, donde se concreta la descentralización presupuestaria, la cual genera una confusión de fondo, cuando se pretende acuñar la frase que esta relación de entrega de algunas funciones acompañado de lo presupuestario es “mas poder para el pueblo”,  cuando de lo que se trata es de entregarle el Poder de Decisión al Pueblo, aspecto este, de la contradicción Jurídico-Política del Estado que explicaremos más adelante.

Artículo 58 Ley Orgánica de los Consejos Comunales. “El ministerio del Poder Popular  con competencia en materia de participación ciudadana articulará los mecanismos para facilitar y simplificar toda tramitación ante los órganos y entes del Poder Público vinculados a los Consejos Comunales”.

Control:

  Queda claramente demostrado, el carácter confiscatorio y tutelar, de las leyes del Poder Popular, violentando de esta manera, el mandato constitucional, que las decisiones del pueblo son de carácter vinculante, como principio rector de todo el Estado.

  Ahora bien, el carácter vinculante según el Artículo 70 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, es letra muerta, no puede ejercitarse en la práctica, porque la articulación no lo permite, el estado está fragmentado, impidiendo el desarrollo político social de los movimientos sociales, los cuales pertenecen a una instancia, que limita la toma de decisión por parte de los movimientos sociales, y su influencia sobre el estado nación, es por ello, que sostenemos que el Poder Popular no existe, porque ,  no tiene el poder de decisión, decíamos, que el carácter vinculante es de obligatorio cumplimiento por el poder constituido, en una relación de abajo hacia arriba, dando concreción al estado federal, Art. 4 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, pero cuando examinamos las leyes del Poder Popular, notamos que no es así, al contrario, queda determinado el carácter confiscatorio y tutelar de ellas, veamos:

  La articulación del poder constituido, en su relación,  con el poder constituyente, sigue a todo lo largo del ordenamiento jurídico, creando condiciones que  facilitan la confiscación y la tutela del poder de decisión de los movimientos sociales organizados, basta con citar el Artículo 20,- de la Ley Orgánica de los Consejos Comunales, para darnos cuenta, como se desvirtuó el mandato constitucional, “ La asamblea de ciudadanos y ciudadanas es la máxima instancia de deliberación y decisión para el ejercicio del poder comunitario, la participación y el protagonismo popular, sus decisiones son de carácter vinculante para el consejo comunal en el marco de esta Ley”.

  La única justificación, para que alguien quiera desconocer el principio y el rango constitucional, establecido en el Art. 70 de la Constitución y el carácter vinculante, como mandato,  es que quieran desvirtuar el contenido, el cual, resuelve la contradicción  filosófica entre el Estado burgués y el Estado Popular, es por ello que se hace imperativo determinar, quien manda y quien obedece, para ello, necesita confiscar y tutelar a los movimientos sociales organizados, deformando de esta manera el papel histórico que tienen, siendo ellos  los únicos que pueden garantizar las transformaciones de las estructuras del Estado (la estructura jurídica política, la estructura económica y la estructura ideológica), para dar paso al estado comunal o Estado Popular, en otras palabras, el poder de decisión está en mano de la BUROCRACIA, la cual existe en tanto y en cuanto, tenga en sus manos el poder de decisión, es por esto, que exigimos, la descentralización política, consistente en la entrega del poder de decisión para los movimientos sociales organizados como estructura de Estado. Todo el control debe estar en manos del pueblo, solo el pueblo salva al pueblo.

  Por otro lado, en el articulo escrito en la tribuna Popular del año 2.007 expresa:  “el Poder Popular se expresa constituyendo las comunidades, las comunas y el autogobierno de las ciudades, a través de los consejos comunales, los consejos obreros, los consejos campesinos, los consejos estudiantiles y otros entes que señale la Ley”, por ejemplo el Parlamento Comunal es la máxima instancia del autogobierno de la comuna y sus decisiones se expresan mediante la aprobación de normativa para la regulación de la vida social y  comunitaria.

  Este no es el papel de los movimientos sociales, esta definición justifica la usurpación y la confiscación de los movimientos sociales organizados, no permite por otro lado, el desarrollo político de las masas, garante de la emancipación política y económica de la sociedad junto a la clase obrera en la derrota definitiva del capitalismo, en su fase superior (acumulación de capital con predominio financiero y rentista). Este momento que vivimos, es un momento de organización y acumulación de fuerzas, necesario es que tengamos el control del estado, cuya condición debe estar caracterizada, por el ejercicio del Estado Popular de derecho y de justicia, combinando la descentralización presupuestaria y administrativa, con la lucha por la descentralización política, consistente en la restauración del poder de decisión con carácter vinculante por parte de los movimientos sociales organizados como estructuras de Estado, determinante.

  La concepción burguesa, que se expresa a través de la confiscación y tutelaje del Poder Popular, tiene también su cámara alta en la Constitución, Artículo 136, donde queda establecido el carácter piramidal del Poder Público, condición esta,  que justifica de fondo  la fragmentación del Estado, que es, donde se apoya la conciliación de clase, convirtiendo al estado en el enemigo número uno de sus propios cambios, frenando el desarrollo de las estructuras sociales e imposibilitando el paso hacia el socialismo, observemos algunos artículos que garantizan la tutela de los movimientos sociales en su relación con el poder constituido.

   Ley Orgánica del Consejo Federal de Gobierno Art. 11, define la escogencia de los voceros y voceras de los movimientos sociales. Expresa  en sus últimas líneas, “los voceros o voceras de las organizaciones de base del Poder Popular, cuya selección y numero determine el reglamento de esta Ley”, es de resaltar que el reglamento no existe, ¿que nos queda?, la consulta de base, y aunque existe una consulta de base, no es la base lo determinante, sino el reglamento, que va tutelando la relación, y es el Artículo 30 en sus disposición segunda, donde queda claro, la relación político social, con el ministerio del Poder Popular, y su condición.

  En el Artículo 30.-  de la Ley Orgánica del Consejo Federal de Gobierno, disposición segunda, expresa; “hasta tanto se apruebe el reglamento de la presente Ley, en el cual se establece el mecanismo de selección de los voceros y voceras de las organizaciones de base del Poder Popular, estos serán seleccionados o seleccionadas por el Ministerio del Poder Popular con competencia en materia de participación ciudadana, mediante consulta con los sectores sociales”.

En otras palabras, es el Ministerio del Poder Popular, quien hará la escogencia en última instancia, y es así como ha funcionado el mecanismo de confiscación popular, y si tenemos alguna duda, revisemos por ejemplo, el Art. 1 de la  Ley de los consejos locales de planificación pública, el cual expresa, “la presente Ley tiene por objeto regular la organización y funcionamiento de los consejos locales de planificación pública y su relación con las instancias del Poder Popular, para garantizar la“tutela efectiva” del derecho constitucional a la participación libre y democrática en la toma de decisiones en todo el ámbito municipal.”

 Debemos estar claros, lo que regula la “tutela efectiva” es la relación entre los movimientos sociales organizados y los órganos del poder constituido. Para garantizar esa “tutela efectiva” del derecho constitucional, representado por el Artículo 136 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, se debe garantizar el carácter piramidal de la relaciones sociales reales; ¿dónde queda el principio rector del Poder Popular?, quizás durmiendo el sueño de los justos, pero si todavía nos queda alguna duda, de cuál es la verdadera intención de la burocracia, revisemos el Artículo 26 de la Ley Orgánica de los Consejos Locales de Planificación Pública, expresa, “los concejeros y concejeras, ante el consejo local de planificación publica por los movimientos y organizaciones sociales, articuladas e integradas en los consejos comunales, en el ejercicio de sus funciones, deberán vincular sus decisiones y rendir cuenta de sus actos a la asamblea de ciudadanos y ciudadanas en la cual fueron electos”.

Todo consejero sabe que fue electo en una asamblea de consejos comunales, y sabe también, que cuantitativamente es mayoría en la plenaria del consejo local de planificación pública, la burocracia, en aras de preservar el verdadero orden constitucional de concepción pequeña burguesa, se le hace necesario señalar a los representantes de los movimientos sociales, que sus  decisiones no son de carácter vinculante con el consejo de planificación pública, y se hace impostergable marcar distancia.

Reconociéndose, como una instancia diferente, donde predomina la autonomía expresada, en la Ley Orgánica del Poder Publico Municipal, en sus Artículos 1,2,y3 de dicha Ley, la cual no se discute con nadie y tienen su asiento en el Artículo 75 de la LOPPM, como principio general de la organización municipal, es  por ello, que usted consejero, sus decisiones son vinculantes, pero con el organismo que lo eligió,  el poder constituido no da punta sin dedal, podemos seguir repitiendo si queremos, que somos el Poder Popular, pero ya sabemos que no es así, desde luego, todo esto es un plan bien orquestado, tiene como objetivo materializar la fragmentación del estado y romper de plano con el mandato constitucional, y por ende, con el  carácter vinculante, como condición determinante, en la relación  política, económico y social, del poder constituyente con el poder constituido.

Es por ello, que estamos en las víspera de la toma del poder por parte de los movimientos sociales organizados, quienes están llamado a resolver de fondo esta problemática, entregándole el poder de decisión al pueblo organizado, dándole concreción al mandato establecido por el Presidente Chávez, el cual se concreta en el Objetivo Histórico Numero III “Convertir a Venezuela en un País Potencia en lo Social, lo Económico y lo Político dentro de la Gran Potencia Naciente de América Latina y El Caribe, que garantice la conformación de una Zona de Paz en Nuestra América”, el cual no debe ser tutelado por nadie, pero eso sí, sus decisiones deben ser de carácter vinculante en lo político, económico y social, con relación al poder constituido (PRESIDENCIA,GOBERNACIONES,ALCALDES Y MINISTERIOS, EN EL ESPACIO GEOGRAFICO DE PARTICIPACION de dichas organizaciones), es por ello, que creemos en la parroquializacion, sin descartar el momento constituyente, donde debemos impulsar, la revisión de las leyes del Poder Popular en su totalidad, para darle concreción al Estado Popular o Comunal como antesala al Estado Socialista.



                       ¡TODO  EL PODER PARA EL PUEBLO!!!
                                                 

                            SOLO EL PUEBLO  SALVA AL PUEBLO!!!



 RELEVANCIA  DE ESTE TRABAJO:                                                       

Es una propuesta de fondo al objetivo histórico numero tres del programa de la patria, “CONVERTIR A VENEZUELA EN UN PAIS POTENCIA”, en cuanto a la democracia participativa y protagónica, tomando en cuenta dos conceptos.

1.      Restitución.visto como una forma de mantener el poder político y la consagración del Poder Popular y la democracia participativa y protagónica.

2.      Irreversible.- como forma de mantener el poder para sustentar nuestra soberanía.



PROPUESTA DE REFORMA DEL ARTÍCULO 20 DE LA LEY ORGÁNICA DE LOS CONSEJOS COMUNALES:

ASI DICE EL ARTÍCULO EN EL LA LEY ORGANICA DE LOS CONSEJOS COMUNALES EN LA ACTUALIDAD:

“CIUDADANAS ES LA MAXIMA INSTANCIA DE DELIBERACION Y DECISION PARA EL EJERCICIO DEL PODER COMUNITARIO, LA PARATICIPACION Y EL PROTAGONISMO POPULAR, SUS DECISIONES SON DE CARÁCTER VINCULANTE PARA EL CONSEJO COMUNAL EN EL MARCO DE ESTA LEY”.

PROPUESTA DE REDACCION DEL NUEVO ARTÍCULO:

 “LA ASAMBLEA DE CIUDADANO Y CIUDADANAS ES LA MAXIMA INSTANCIA DE DELIBERACION Y DECISION PARA EL EJERCICIO DEL PODER COMUNITARIO, LA PARATICIPACION Y EL PROTAGONISMO POPULAR, SUS DECISIONES SON DE CARÁCTER VINCULANTE, EN LO ECONOMICO, POLITICO Y  SOCIAL, EN EL  ESPACIO GEOGRAFICO DEL CONSEJO COMUNAL, CON RELACION A LAS GOBERNACIONES, MINISTERIOS Y  ALCALDIAS”.



                                                                           ¡SOLO EL PUEBLO SALVA AL PUEBLO!


Bibliografía.

1.    Constitución de la República Bolivariana de Venezuela. Asamblea Constituyente del 30 de Diciembre de 1.999. 
2.    Karl Marx, 1948, El Dieciocho Brumario de Luis Bonaparte, Imprenta Fundación de la Cultura, Febrero de 2.011.
3.    Ley Orgánica del Poder Popular, 21 de Diciembre de 2.010.
4.    Ley Orgánica de los Consejos Comunales, Gaceta Oficial 39.377 del 2 de Marzo de 2.010.
5.    Ley de los Consejos Locales de Planificación Pública, 30 de Diciembre de 2.010.
6.    Ley Orgánica de las Comunas, 21 de Diciembre de 2.010.
7.    Ley Orgánica del Poder Público Municipal, 28 de Diciembre 2.010.
8.    Gaceta Oficial 35.337, 28 de Diciembre 2.010.
9.    Ley Orgánica del Consejo Federal de Gobierno, 22 de Febrero de 2.010.
10.  Tribuna Popular, Artículo sobre el Poder Popular, 06 de Octubre 2.007.